--R&TA | POLITICA DE RADIODIFUSION
VOLVER

o o o o

Reclaman la inconstitucionalidad del 45

Otra Cooperativa demandó al COMFER

La Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Marcos Juárez, Córdoba, presentó una demanda judicial contra el Estado nacional con la intención de conseguir que se declare inconstitucional el articulo 45 de la ley de Radiodifusión.
Con la medida, la institución busca saltear la disposición que regula el otorgamiento de licencias y excluye a las sociedades sin fines de lucro.
«Nuestra idea es prestar el servicio de televisión en la ciudad porque es un pedido que nos hacen desde hace mucho tiempo los vecinos», expresó Darío Cano, gerente de la sociedad no comercial.
Además, señaló que los clientes se quejan del elevado costo de la tarifa que cobra la única compañía de cable allí instalada, que es de 58 pesos. También aseguró que algunas entidades brindan la prestación bajo otra razón social, para que los usuarios paguen hasta un 40 por ciento menos.
Actualmente, la Cooperativa provee agua y telecomunicaciones y aspira a concretar una inversión “millonaria” en la TV por suscripción. En este sentido, la idea es crear un fondo económico del orden de los 10 pesos por socio.
Se trata de un método similar al utilizado en el 2002, cuando lanzaron el servicio de telefonía.
La Cámara Federal de Córdoba ya reconoció a la Cooperativa Telefónica de Servicios Públicos y Comunicaciones de Villa del Totoral Limitada, el derecho a ser titular de licencias de TV por cable.
La justicia declaró inconstitucional la Resolución 241/2004 del COMFER, que prorrogaba la suspensión de la entrega de ese tipo de autorizaciones, dispuesta anteriormente por la Resolución 726/ 2000, que declaró en “estado de emergencia administrativa los trámites vinculados a Servicios Complementarios de radiodifusión”.

o o o o
 
VOLVER
o o o o

Continúa suspendida la venta de pliegos para servicios complementarios

La resolución 1684/2004, firmada por el interventor del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), Julio Bárbaro, prorrogó por otros 60 días el impedimento de obtener nuevas licencias de funcionamiento y explotación en las bandas de UHF o MMDS.
La disposición renovó lo establecido por la 726, sancionada en el 2000 y actualizada por diversas normas hasta la fecha.
Además, como lo hizo la resolución 1202 de septiembre del 2004, se reconoció explícitamente en los fundamentos “las demandas de las cooperativas para ingresar como prestadoras” de servicios de radiodifusión.
Y se estableció la necesidad de no innovar ”hasta tanto se concluya con la elaboración del Plan Nacional de Televisión, por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC)”.

o o o o
 
VOLVER