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Fallo judicial favorece a las cooperativas

Declaran una vez más la inconstitucionalidad del 45

La Cooperativa Telefónica de Servicio Público y Comunicaciones de Villa del Totoral logró que la Cámara Federal de Córdoba, declarara la inconstitucionalidad de las sucesivas Resoluciones del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), que frena la entrega de pliegos a las cooperativas para brindar servicio de TV por cable.
El fallo sostuvo que se encontraba firme la disposición por la cual, en su momento, se la autorizó a tener una licencia de radiodifusión, ya que consiguió que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley de radiodifusión, en cuanto impide el acceso a las licencias a las entidades sin fines de lucro.
En Agosto del 2004, la jueza federal de Córdoba, Cristina Garzón de Lascano, habilitó a la entidad cordobesa a ser adjudicataria de la prestación y el Comfer apeló la decisión.
El 11 de febrero de 2005, la Sala “B” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, unánimemente, determinó la “ilegitimidad” de las distintas normas, “que han mantenido suspendidas la venta de los pliegos de Servicios Complementarios de Radiodifusión, aniquilado el ejercicio por parte de la actora de diversos derechos de raigambre constitucional”.
Se mencionó, entre otros, el derecho a asociarse con fines útiles (artículo 14, igualdad ante la ley (16), de propiedad (17), libertad de imprenta (32).
Además “se ordena que, a la mayor brevedad, el Comfer permita instrumentar a la cooperativa lo necesario para que pueda brindar dicho servicio complementario”.


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