Fallo
judicial favorece a las cooperativas
Declaran
una vez más la inconstitucionalidad del 45
La Cooperativa
Telefónica de Servicio Público y Comunicaciones de Villa
del Totoral logró que la Cámara Federal de Córdoba,
declarara la inconstitucionalidad de las sucesivas Resoluciones del Comité
Federal de Radiodifusión (COMFER), que frena la entrega de pliegos
a las cooperativas para brindar servicio de TV por cable.
El fallo sostuvo que se encontraba firme la disposición por la
cual, en su momento, se la autorizó a tener una licencia de radiodifusión,
ya que consiguió que se declarara la inconstitucionalidad del artículo
45 de la ley de radiodifusión, en cuanto impide el acceso a las
licencias a las entidades sin fines de lucro.
En Agosto del 2004, la jueza federal de Córdoba, Cristina Garzón
de Lascano, habilitó a la entidad cordobesa a ser adjudicataria
de la prestación y el Comfer apeló la decisión.
El 11 de febrero de 2005, la Sala “B” de la Cámara
Federal de Apelaciones de Córdoba, unánimemente, determinó
la “ilegitimidad” de las distintas normas, “que han
mantenido suspendidas la venta de los pliegos de Servicios Complementarios
de Radiodifusión, aniquilado el ejercicio por parte de la actora
de diversos derechos de raigambre constitucional”.
Se mencionó, entre otros, el derecho a asociarse con fines útiles
(artículo 14, igualdad ante la ley (16), de propiedad (17), libertad
de imprenta (32).
Además “se ordena que, a la mayor brevedad, el Comfer permita
instrumentar a la cooperativa lo necesario para que pueda brindar dicho
servicio complementario”.
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