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Hasta ahora solo se evito su reglamentacion

La polémica “ley espía” sigue husmeando

Si bien, el presidente Néstor Kirchner suspendió el decreto reglamentario que establecía que las empresas de telecomunicaciones debían adquirir la tecnología adecuada para almacenar durante 10 años los datos relacionados a cualquier tipo de comunicación que establecieran los usuarios de esas firmas, la polémica ley sigue vigente.
Esto es así ya que las disposiciones de una ley sólo quedan sin efecto mediante una derogación, a través de la sanción de otra ley, o su declaración de inconstitucionalidad por la Corte Suprema de Justicia.
La norma fue justificada porque “se dictó en el marco de los objetivos tenidos en mira del cuerpo legal (la ley 25.873)” que, según sentenció el texto divulgado en el Boletín Oficial, eran “combatir el delito y servir al esquema de seguridad colectivo de la Nación, mediante la utilización de modernas herramientas de capacitación y monitoreo de comunicaciones de las redes públicas y/o privadas de telecomunicaciones, cualquiera sea su naturaleza, origen o tecnología, en tanto operen en territorio nacional”.
El Ejecutivo procuraría ahora dictar un nuevo decreto reglamentario en acuerdo con las compañías de telecomunicaciones y el Congreso esperaría sus movimientos.
El diputado socialista, Jorge Rivas, presentó un proyecto para la definitiva derogación del polémico artículo. Mientras que otros textos intentan aclarar que el Congreso aprobó una norma referida sólo a las comunicaciones telefónicas, como las iniciativas de Ritondo, Jorge Vanossi, y los senadores Liliana Negre de Alonso (PJ-San Luis) y Ricardo Gómez Diez (Partido Renovador-Salta).
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) elaboró un documento en el que analiza la constitucionalidad de la obligación de conservar datos relativos a las telecomunicaciones. El texto fue presentado a Kirchner, al Ministro de Justicia, Horacio Rosatti y otros funcionarios y recomienda no solo la suspensión de la norma, sino también su derogación definitiva.
En este sentido, se marcó varios puntos desacertados de la ley, como la interferencia al derecho a la privacidad de las comunicaciones, que ninguno de los países que legislaron sobre la materia estableció un plazo tan extenso de conservación y que el órgano a cargo de ejecutar las interceptaciones sea la Secretaría de Inteligencia del Estado (la SIDE).

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