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Tendra “alcance indefinido”

Conflicto por la autorización a Multicanal de Uruguay para ampliar su señal

Más de 50 recursos administrativos fueron presentados contra la resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) que autorizó a la empresa Bersabel S.A. (Multicanal de Uruguay) a emitir su señal fuera de Montevideo con alcance indefinido.
La movida llegó luego de que, el pasado 13 de febrero, la Justicia desestimara otras dos acciones, presentadas por operadores de cable del interior de ese país.
En estos casos, las negativas llegaron por parte de la jueza en lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, Estela Jubette, y la jueza civil de 17º Turno, María Cristina Cabrera Costa, quienes rechazaron con dos días de diferencia, los recursos interpuestos por proveedores de televisión por cable.
Paralelamente, fueron presentados ante la justicia recursos de revocación de la medida de la URSEC, que no tienen efectos suspensivos, y cuya tramitación se estima habrá de prolongarse por más de un año.
En los argumentos, las magistradas entendieron que no existió «ilegalidad manifiesta» en la decisión del organismo de control uruguayo.
La doctora Jubette señaló que la resolución de la Ursec se encuadró dentro de la normativa pertinente, el artículo 94 de la Ley 17.296, y que «el acto administrativo impugnado fue dictado por la autoridad competente, basado en razones de conveniencia y oportunidad».
«Existe en el caso otros medios que a la fecha ya se han utilizado en tanto la parte actora (Cable Plus) manifestó y acreditó el haber interpuesto los recursos administrativos pertinentes», que tornan inaplicable la interposición de un recurso de amparo, indicó la jueza.
Por su parte, la magistrada Cabrera Costa consideró en la sentencia que desestimó la pretensión de Praiamar SA que «la ilegalidad ha de ser inequívoca y resultar del propio acto impugnado, en forma evidente, notoria».
La Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados (CUTA) y la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu) coincidieron en afirmar que la Ursec «está fabricando» competencia al autorizar a la empresa del Grupo Clarín, a ampliar su área de influencia. Y coincidieron en destacar que en 2004, el organismo había llamado a interesados para prestar servicio en la zona sin éxito, porque el mercado «potencialmente no daba».
Por eso, CUTA, junto a varias empresas apelaron la decisión de la jueza María Cristina Cabrera y más firmas se suman día a día. Las afectadas plantearon que el permiso fue adoptado en forma «ilegal» y mediante un proceso poco transparente. Afirmaron que su implementación «no favorece a la competencia, como afirma la Ursec, sino que genera una posición dominante en el mercado de televisión para abonados favoreciendo a una empresa multinacional».
La abogada Cristina Olaso, patrocinante de la CUTA, explicó al diario El País que la jueza no se expidió sobre el tema de fondo y que fue rechazado solamente por entender que se promovió extemporáneamente, es decir pasados los 30 días que prevé la ley.
Sin embargo, Olaso indicó que debieron ser informados de la resolución personalmente por la Ursec, cosa que no ocurrió. Explicó que la Ursec alega que informó del tema en una reunión informal del 22 de diciembre, pero legalmente la comunicación se hace por el Diario Oficial y fue publicado el 27 de diciembre bajo el título de «Varios» al final de la publicación, indicó.
Las firmas recurrentes habían alegado que la ampliación del área de servicio de Multicanal les ocasionaría perjuicios económicos, aspecto que las juezas también rechazaron porque se trata de trasmisiones de televisión privada para abonados que utilizan tecnologías diferentes.

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Entrevista a Leon Lev, presidente de la URSEC

“Nuestra decisión tiene como objetivo aumentar la oferta”

La máxima autoridad de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones del Uruguay contestó- vía correo electrónico- a R&TA acerca del conflicto con la compañía.

¿Cómo está la situación actualmente?

El Directorio de la URSEC, sobre la base de informes de sus servicios técnicos, autorizó a la empresa Bersabel S.A. (Multicanal) a comercializar su servicio de televisión para abonados en toda la zona a la cual llega su emisión en forma óptima. La decisión se adoptó entendiendo que las autorizaciones para esa prestación no se rige por un criterio de territorialidad, según surge de la normativa aplicable, y se apoya en el criterio de la neutralidad tecnológica. Además, la URSEC obró en este campo atendiendo a uno de los objetivos señalados en su ley de creación, como es el de la defensa de la competencia y de los derechos de los usuarios para acceder a servicios de calidad.

Las firmas que presentaron los recursos dicen que la ampliación del área «no favorece a la competencia, sino que genera una posición dominante en el mercado de televisión para abonados favoreciendo a una empresa multinacional». ¿Cuál es su respuesta al respecto?

La URSEC no comparte ese punto de vista. Nuestra decisión tiene justamente como objetivo el de aumentar la oferta de señales de televisión para abonados en el mercado, ya que la competencia favorece al usuario al exigir a los operadores una mayor calidad y un precio más conveniente.
La función del organismo regulador es, precisamente, la de promover la competencia y evitar situaciones monopólicas. La medida adoptada tiene esa finalidad. Por otra parte, ya existen antecedentes de resoluciones, en casos en los que nuestros servicios técnicos comprobaron desviaciones hacia conductas de competencia desleal por parte de algunos operadores. Con las garantías que ofrece el debido proceso, se aplicaron multas de significación a los operadores que incurrieron en tales prácticas. Eso demuestra que la actitud de la URSEC en este terreno es de vigilancia permanente.

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