El decreto que cambió al COMFER

Comité Federal de Radiodifusión
Decreto 1425/97

Apruébase la estructura del citado organismo.

Bs. As., 23/12/97

Visto las leyes Nros. 19.798 y 22.285 y los decretos Nros. 1621 del 23 de diciembre de 1996 y 802 del 20 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto Nº 1621/97 se aprobó la estructura organizativa del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que conforme a lo establecido por el artículo 3 del decreto Nº 802/97, se autorizó a la intervención del citado organismo a proponer las modificaciones de la actual estructura organizativa del mismo.

Que habiendo analizado la estructura vigente, se hace necesario efectuar las reformas tendientes a incorporar al organismo la dinámica que impone la constante innovación tecnológica, la que a su vez facilita la optimización de los mecanismos de control y del cumplimiento de las tareas que le han sido asignadas.

Que la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que a fin de dar cumplimiento operativo a los objetivos fijados en la presente estructura es procedente establecer la cobertura de las vacantes existentes en el área del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION a la mayor brevedad, disponiendo ante la emergencia ciertas medidas de excepción.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1: - Apruébase la estructura organizativa de COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION, cuyo organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones, planta permanente, planta temporaria y dotación global que, como Anexos I, II, IIIa, IIIb y IIIc, forman parte del presente decreto.

Art. 2 – Exceptúase al COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION , por el término de treinta días, de la aplicación del Título III, Capítulos I, II y III, respectivamente del Anexo I al decreto Nº993/91 T.O. 1995.

Art. 3 – Derógase el decreto Nº1621/96.

Art. 4 – El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 2001 – PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 5 – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese.

Menem – Jorge. A. Rodríguez – Carlos V. Corach.

ANEXO I

ANEXO II

COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION

OBJETIVOS:

  1. Controlar los servicios de radiodifusión sonora, de televisión y complementarios, en sus aspectos culturales, artísticos, legales, comerciales y administrativos, supervisando la programación y el contenido de las emisiones y aplicando las sanciones previstas por la Ley Nacional de Radiodifusión.

  2. Proveer a la formación del personal especializado que se desempeñe en las actividades de radiodifusión con arreglo a las normas de armonización y complementación del Sistema Educativo Nacional y proceder a su registro y habilitación para su actuación en dichos servicios.

  3. Promover el desarrollo de los servicios de radiodifusión, contribuyendo a la fijación de las políticas y aplicando las mismas para el logro de dicho cometido, adjudicando las licencias para instalar y operar servicios de radiodifusión en el marco del Plan Nacional de Radiodifusión, cuya elaboración y actualización realizará en cumplimiento de los objetivos establecidos, controlando la efectiva vigencia de las normas específicas, de las obligaciones internacionales asumidas y los compromisos de los adjudicatarios de licencias.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

  1. Promover el desarrollo adecuado de un sistema de control interno que garantice el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía de la gestión operativa del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION.

ACCIONES:

  1. Establecer la planificación de la auditoría interna, conforme a las normas generales del control interno y auditoría interna.

  2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

  3. Evaluar el cumplimiento de planes y metas, de donde surgirán las principales recomendaciones para actualizar y/o adecuar los circuitos administrativos-contables en uso.

  4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de Control Interno.

  5. Coordinar las tareas multidisciplinarias, analizando y evaluando los distintos informes y recomendando los distintos cursos de acción a seguir.

  6. Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los ingresos y egresos.

  7. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

  8. Emitir opinión en el ámbito de su competencia en todo estado informativo contable emitido por la Unidad Ejecutora.

  9. Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas.

  10. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los desvíos que se detecten, con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

  11. Informar sobre temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCION GENERAL PLANEAMIENTO Y CONTROL DE SERVICIOS DE RADIODIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

  1. Fiscalizar y evaluar el contenido de las emisiones e inspeccionar en forma integral los servicios de radiodifusión del país. Coordinar las relaciones institucionales y las propias del funcionamiento interno del organismo.

  2. Promover el desarrollo de los servicios de radiodifusión. Instrumentar el Plan Nacional de Radiodifusión, supervisando sus resultados y adoptando los procedimientos pevistos por la legislación vigente ante la comprobación de la existencia de servicios no autorizados.

  3. Llevar el registro actualizado de las agencias de publicidad y organizaciones productoras de programas que contraten publicidad o programas con los servicios de radiodifusión, otorgando además las habilitaciones correspondientes.

ACCIONES:

  1. Planificar y ejecutar el control de las emisiones de los servicios de radiodifusión sonora, de televisión y complemetarios del país.

  2. Coordinar y supervisar las tareas administrativas y de fiscalización de emisiones de las Delegaciones de Control del interior del país, así como también las de controles volantes que fuera menester realizar en los servicios de radiodifusión cuya ubicación física se encuentra fuera del ámbito de influencia de las mismas.

  3. Coordinar, ejecutar y atender las actividades de los Consejos Federal y Asesor, interaccionando al organismo con la realidad de las provincias en cuanto hace al funcionamiento de la radiodifusión y con las distintas asociaciones que nuclean a los licenciatarios de los servicios de radiodifusión y a otras entidades con interés en la actividad.

  4. Inspeccionar los servicios de radiodifusión, en cuanto hace a sus aspectos administrativos, legales, contables y técnicos en la materia de su competencia, habilitación del personal profesional y técnico, inscripción y habilitación de agencias de publicidad y organizaciones productoras de programas, llevando el registro actualizado de las mismas y supervisando la facturación bruta por comercialización de las mismas y su correlación a los anunciantes.

  5. Realizar las tareas de expedición de mensajes de interés general para su difusión a través de los servicios de radiodifusión sonora, televisión y complementarios de todo el país.

  6. Elaborar las propuestas para la fijación de políticas aplicables para la promoción del desarrollo de los servicios de radiodifusión en el marco de los objetivos fijados por la legislación vigente.

  7. Elaborar el proyecto del Plan Nacional de Radiodifusión, concretar su actualización y control. Realizar las tareas inherentes a la determinación de licencias para instalar y operar nuevos servicios complementarios de radiodifusión.

  8. Controlar el efectivo cumplimiento de las estipulaciones y obligaciones asumidas por los adjudicatarios de licencias de radiodifusión en sus propuestas y evaluar los contenidos programáticos de las emisiones.

  9. Aprobar las instalaciones, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura técnica de los servicios de radiodifusión.

  10. Adecuar los servicios de radiodifusión en función de las innovaciones ya adelantos tecnológicos aplicables a los mismos, propendiendo a asegurar el uso equitativo cuando se trate de sistemas de utilización común a todos los servicios.

  11. Controlar y actuar a través de los procedimientos pertinentes en los supuestos de existencia de servicios de radiodifusión que funcionen al margen de las disposiciones legales vigentes..

  12. Contribuir, en coordinación con los organismos específicos, a la adecuada administración del espectro de frecuencias y potencias atribuido a los servicios de radiodifusión por los convenios internacionales.

DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER)

RESPONSBILIDAD PRIMARIA:

  1. Dirigir la coordinación metodológica y didáctica de los profesionales y técnicos que se desempeñarán en los servicios de radiodifusión y televisión, como en cualquier otro medio de comunicación que la nueva tecnología desarrolle.

  2. Orientar su formación hacia estructuras de pensamiento que integren todos los sectores científicos, y que habiliten para tratar la realidad de forma inteligente y creativa, desarrollando la conciencia social y comunitaria, dentro de un marco democrático de integración regional y de afirmación de la identidad cultural.

  3. Diseñar y evaluar los planes de capacitación y actualización permanente de profesionales y técnicos de los recursos humanos del Instituto: en áreas docente y no docente. Crear un área de investigación que permita visualizar los efectos de los medios de comunicación en la sociedad, sistematizando los resultados y elaborando documentos informativos.

  4. Supervisar las habilitaciones, la emisión y el registro de certificados y constancias.

ACCIONES:

  1. Elaborar el programa de formación profesional y técnica para los recursos humanos de la radiodifusión y televisión, en los órdenes local y regional, dictando los cursos correspondientes a dicha formación y fijando el régimen de admisión.

  2. Orientar, dirigir y supervisar la realización de producciones experimentales, por parte del alumnado y personal docente, tendiente a la creación y desarrollo de innovaciones radiales y televisivas; supervisando directamente las transmisiones a efectuarse por la emisora de frecuenica modulada y el canal de televisión codificado del Instituto.

  3. Inspeccionar la capacitación sistemática de los recursos humanos del servicio de radiodifusión y del organismo; promover y supervisar su capacitación parasistemática.

  4. Promover y orientar el perfeccionamiento y actualización de los graduados del Instituto, los profesionales de los servicios de radiodifusión del país y el personal del organismo, elaborando los proyectos técnicos y planes de estudio necesarios y efectuando la implementación de los mismos.

  5. Elaborar y ejecutar los mecanismos de contralor del cumplimiento de los requisitos de habilitación reglamentaria de los profesionales actuantes en los servicios de radiodifusión del país, expidiendo y registrando las habilitaciones y credenciales del personal técnico profesional.

  6. Ejercer la supervisión, control y asistencia técnico pedagógica de los establecimientos autorizados por el organismo para la enseñanza de las actividades de radiodifusión y proceder a la homologación de los títulos respectivos, mediante la comprobación de los requisitos de la habilitación.

  7. Promover la celebración de convenios, estimular el intercambio y otorgamiento de becas con autoridades educativas, culturales y de comunicaciones, del país y del exterior, tendientes a la federalización y regionalización de las especialidades profesionales.

  8. Elaborar y desarrollar proyectos de complementación profesional y técnica con los organismos y autoridades de control de los servicios de radiodifusión de los países del Mercado Común del Sur y todos aquellos otros con los cuales existan acuerdos, convenios o tratados internacionales promoviendo la equiparación de planes y programas de formación y capacitación.

  9. Propender a la creación de un área de investigación que permita inferir estadísticamente los efectos de los medios de comunicación en los distintos estamentos sociales, sistematizar los resultados y elaborar documentos informativos que permitan orientar y realimentar la producción de programas.

  10. Diseñar, coordinar y evaluar los planes de capacitación específica para las áreas docentes y no docentes.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

  1. Realizar la administración de los recursos materiales, humanos y económico-financieros del organismo. Administrar la recaudación de los gravámenes de radiodifusión, realizar las evaluaciones patrimoniales de los futuros licenciatarios y efectuar el control de gestión. Diligenciar la documentación adminsitrativa. Llevar a cabo las compras y contrataciones necesarias para el normal desempeño de los objetivos del organismo.

ACCIONES:

  1. Efectuar la asignación y supervisión interna de los recursos humanos del organismo, las liquidaciones de haberes y demás beneficios del personal, controlar su ausentismo, licencias, vacaciones y el cumplimiento de las normas laborales vigentes.

  2. Atender el sistema de organización adminstrativa, proveer a las demandas de espacio físico y su adecuada distribución, desarrollar y mantener el equipamiento electrónico y mecánico, organizar y supervisar los servicios de apoyo, custodiar y suministrar los elementos patrimoniales y de uso común, optimizar el aprovechamiento de los sistemas informáticos y llevar el inventario de los bienes patrimoniales de todo el organismo.

  3. Ingresar, asignar y custodiar los fondos recaudados por cualquier concepto, recabar las necesidades de recursos por parte de las diversas dependencias del organismo e intervenir en la confección y preparación del presupuesto.

  4. Realizar todas las actividades de supervisión, control y seguimiento de la ejecución del presupuesto asignado al organismo, efectuando todas las registraciones contables pertinentes, manteniendo actualizados los créditos disponibles en cada partida y formulando los ajustes que resulten procedentes para la adecuada financiación de los gastos autorizados por la superioridad.

  5. Administrar los gravámenes que deben tributar los titulares de los servicios de radiodifusión.

  6. Gestionar las compras y contrataciones necesarias para el logro de los objetivos del organismo de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente y llevar a cabo las evaluaciones económico-financieras de los futuros licenciatarios.

  7. Supervisar la facturación bruta por comercialización de las agencias de publicidad y su correlación a los anunciantes.

  8. Resguardar y registrar la documentación administrativa, asegurando el cumplimiento de las diligencias, plazos legales y reglamentarios. Mantener el archivo de las actuaciones.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y LICENCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
1- Propender a la instrucción de los sumarios derivados de incumplimientos de los licenciatarios respecto a la Ley Nacional de Radiodifusión.

  1. Brindar el asesoramiento jurídico necesario para el adecuado funcionamiento del organismo emitiendo los dictámenes tendientes a adecuar el accionar del mismo con la legalidad vigente.

  2. Ejercer la representación judicial y extrajudicial del organismo y proveer la normativa y jurisprudencia necesarias para su función específica y para el funcionamiento de los servicios de radiodifusión.

  3. Llamar a concurso para la adjudicación de las licencias de radiodifusión, con sujeción a las orientaciones y disposiciones del plan que, al efecto, se establezca.

  4. Entender en los sumarios de personal y denuncias de los licenciatarios.

  5. Realizar las ejecuciones fiscales por deudas de gravamen y ejecución de las multas por infracciones a la Ley de radiodifusión.

ACCIONES

  1. Instruir los sumarios, sustanciar los recursos, denuncias y presentaciones administrativas. Cumplir con todas las medidas procedimentales resultantes de la aplicación de la Ley Nacional de Radiodifusión.

  2. Entender en la elaboración de proyecto de leyes, decretos, resoluciones y disposiciones normativas vinculados con los servicios de radiodifusión.

  3. Ejercer la representación procesal y/o patrocinio de los juicios en que el organismo sea parte.

  4. Intervenir en todos los procediminetos de aplicación de la normativa vigente y en los de ejecución de créditos emergentes del cumplimiento de obligaciones legalmente establecidas.

  5. Dictar y actualizar los regímenes de otorgamiento, revalidación y renovación que deba satisfacer el personal profesional y técnico que se desempeñe en los servicios de radiodifusión, como así también los correspondientes a los requisitos que deben cumplimentar los interesados para su inscripción y posterior desenvolvimiento comercial en tales servicios, en carácter de agencias de publicidad y organizaciones productoras de programas.

  6. Realizar los procesos destinados a la adjudicación de licencias para instalar y operar servicios de radiodifusión sonora y de televisión, como así también las tareas vinculadas con su prórroga.

  7. Elaborar los pliegos de bases y condiciones generales y particulares que regirán los llamados a concursos públicos.

  8. Atender y controlar el registro de estaciones de radiodifusión con modulación de frecuencias.

  9. Coordinar y ejecutar las tareas relacionadas con la regularización de los servicios de radiodifusión de frecuencias.