¿Quiénes son los damnificados?

Por Julio Enrique Grossmann

"¿Hay algún Juez Federal que haya dado una licencia?" preguntaba el doctor Spinetto Medina.
El silencio de sus interlocutores fue la respuesta."¿Entonces para qué seguir engañando incautos? Ningún Juez Federal dio o dará una licencia para FM. Es un engaña pichanga que sólo busca ganar tiempo, pero aumenta el costo de cualquier trámite posterior... es el tradicional verso para enganchar a quien es ignorante de la realidad, o actúa con evidente mala fe...".

Las medidas cautelares que detuvieron la legalización de emisoras de FM en determinadas zonas del país demuestran que existen argentinos que desean normalizar su pequeño o mediano emprendimiento y otros que, agobiados por la necesidad de normalizar todos los aspectos de su trabajo, se enfrentan ante la realidad de "blanquear" particulares situaciones tributarias y –en muchos casos- no desea hacerlo.

El interés de quien accedió a cumplir con todos los requisitos impuestos por la Administración para obtener una licencia, ya sea por adjudicación directa como por concurso público, demuestra que son más quienes desean vivir en la legalidad.

El caso "Balcedo c/Comfer..." impuso a quienes tenemos la responsabilidad de cuidar por los intereses de nuestros clientes, debamos escoger el camino de defender los derechos de aquellos radiodifusores que buscan serlo dentro del a legalidad. Por eso nos presentamos en dicha causa para que se incluya a nuestros clientes como terceros damnificados y se tome conocimiento de los daños y perjuicios que la demanda de la actora puede ocasionar a centenares de radiodifusores en todo el país.

La experiencia nos demuestra, sin lugar a dudas, que aún frente a cláusulas estrictas o restrictivas a la Administración sólo debe solicitarse lo posible dentro de la Ley vigente, 22.285. Esta, nos guste o no, es la Ley que debe hacer cumplir la Administración.

Por eso, JEG Medios de Comunicación buscó colaborar con propuestas dento del régimen legal y presentó el 10 de mayo último a consideración del interventor del COMFER, una serie de medidas tendientes a flexibilizar el régimen de normalización, medidas éstas que, una vez estudidas, en buena medida se plasmaron en la Resolución Nº336 del 16/6/99.

Debido al éxito obtenido contra la decisión judicial de La Plata que motivara su caída, nos presentamos con los mismos argumentos ante los juzgados federales de Paraná y Concepción del Uruguay, donde ya somos parte del expediente.

La falta de conocimiento de la historia en el largo proceso de normalización de las emisoras de FM y consecuentemente la interpretación errónea que se hace de los Permisos Precarios Provisorios (PPP) por parte de algunos estudios jurídicos del interior, motiva reflexionar sobre la responsabilidad que le cabe a los actores en la distorsión de los hechos y al derecho que sirvió de sustento a los llamados a concurso público y adjudicación directa, para la legalización definitiva del espectro de FM.

Consecuentemente cabe merituar la responsabilidad emergente de los actores de dichas medidas cautelares, dados los graves perjuicios ocasionados no sólo al Comité Federal de Radiodifusión sino a los particulares que en un número cercano a los 1.000 vieron o ven impedidos sus esfuerzos por legalizar sus emprendimientos comunicacionales.

Asimismo, corresponderá analizar minuciosamente si a las presentaciones efectuadas en los juzgados federales del interior, no les cabe la figura prevista en el Art. 45 del CPCC (temeridad y malicia), dado los graves errores que, en sus escritos se observan por la interpretación y manipulación de leyes, decretos y resoluciones.

JEG Medios de Comunicación se encuentra proyectando medidas a fin de articularlas en sede judicial con el solo objeto de resguardar los intereses de sus representados, quienes han visto sobrados argumentos para fundar sus agravios.

Las circunstancias reseñadas ponen de relieve la imperiosa necesidad de obtener una reparación integral en sede judicial por los perjuicios inmediatos y mediatos, los cuales deberán ser satisfechos patrimonialmente por los actores. Al mismo tiempo estamos estudiando los argumentos legales a fin de proteger a nuestros mandantes de perjuicios futuros provocados por quienes no desean que se legalice el espectro de Frecuencia Modulada.

 

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