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Las sociedades sin fines de lucro podran brindar TV y telefonia

Diputados sancionó la reforma del artículo 45

En una larga jornada, los legisladores de la Cámara Baja modificaron los requisitos para el otorgamiento de licencias de radiodifusión. Ahora, las cooperativas y ONG no tendrán inhibición alguna. Asimismo, derogaron los artículos 7 y 72, y cambiaron la letra del 96, destinados a preservar “la seguridad nacional”, de acuerdo a como la entendía el último Gobierno militar.

Después de 21 años sin cambios, la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones, la reforma del artículo 45 de la ley 22.285, que permitirá a cooperativas, mutuales y organizaciones no gubernamentales ser dueñas de permisos en radiodifusión.
La variación se sumó a la del artículo 96, aprobado en octubre, que entre otras novedades, estableció que el Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) estará integrado por siete miembros designados por el Poder Ejecutivo y el Congreso.
El presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática, Osvaldo Nemirovsci fue el primero en hablar en la sesión del 10 de noviembre que trató la regulación de las licencias: “La modificación del 45 es el eje sobre el que se basa el concepto filosófico de la ley de la dictadura”, aseguró.
El representante de Río Negro impulsó el dictamen en mayoría, que fue acompañado por gran parte de Convergencia y del ARI, entre otros; mientras que el de minoría, fue apoyado por fuerzas como Recrear, la UCR, Izquierda Unida y Fuerza Republicana.
Sin embargo, algunos de los que se oponían terminaron brindando su consentimiento. En este sentido, la delegada de la UCR, Margarita Stolbizer, justificó el “cambio de bando” en la necesidad de no demorar más la inclusión de las cooperativas. Si bien sostuvo que la “norma no resiste más modificaciones parciales”.
Finalmente, la iniciativa fue aprobada por las dos terceras partes de los presentes, con 146 votos a favor, 2 en contra y 10 abstenciones.

Las negociaciones

Entre las modificaciones que se introdujeron al texto original figuran la del artículo 1°, que establece los requisitos para ingresar en el mercado.
Allí se fija que si el solicitante es una sociedad sin fines de lucro prestadora de servicio público se le otorgará el permiso (siempre que no haya en la localidad otro prestador) una vez cumplidas las obligaciones legales; pero si existe otra firma que efectivamente ofrezca prestaciones en la misma zona, el COMFER hará una análisis del escenario “que contemple la situación particular del mercado atendiendo el interés de los usuarios y clientes”.
Pero esta parte final fue transformada, a petición de Héctor Polino (ARI), por ”que contemple la situación particular del mercado atendiendo el interés de la población”.
La intención fue darle un marco más preciso a la entidad de control. En este sentido, Federico Pinedo, (Compromiso para el Cambio), destacó que la institución presidida por Julio Bárbaro “se ha caracterizado por no resolver los problemas” y que además “a pesar de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho hace años que las cooperativas pueden tener licencias, se ha negado a otorgarlas”.
En cambio, no se admitió la sugerencia de Miguel Bonasso (Partido de la Revolución Democrática) de que en el inciso h) se reemplacé el actual 10 por ciento por el 5, en el porcentaje límite de los accionistas mayoritarios de las personas jurídicas prestadora de servicio público, que pueden obtener permisos.
Tampoco se consideraron las observaciones relacionadas con el inciso f) que se refiere a la participación internacional.
“No entiendo por qué los extranjeros no pueden invertir en radiodifusión en la Argentina. Propuse que si una sociedad extranjera detentara más del 30 por ciento del capital social o tuviera poder controlante por medio de la cantidad de votos, debería ser obligada a brindar el 50 por ciento de sus contenidos en formatos nacionales”, apuntó Mauricio Bossa (Unión del Centro Democrático).
Por su parte, Pinedo se quejó de la “mezcla” de las personas físicas, las personas jurídicas, los integrantes de los órganos de administración y fiscalización y los integrantes de determinadas personas jurídicas. Pues “resulta la paradoja de que quienes administren una cooperativa tengan que ser argentinos y quienes administren una sociedad anónima puedan ser extranjeros”, subrayó.
Si se determina, entre los requisitos, que las personas físicas y jurídicas deberán “ser argentinos nativos y naturalizados con una antigüedad de cinco años y mayor de edad” para poder participar de los procesos licitatorios.
Además, deberán “tener idoneidad cultural acreditada que pueda ser objetivamente comprobada, capacidad patrimonial acorde con su inversión y poder demostrar el origen de sus fondos, y no estar incapacitados o inhabilitado civil o penalmente para ejercer el comercio, ni condenado por delito doloso”.
”Al modificar sólo un pequeño aspecto se está ratificando la ley. No se quiere cuestionar este grave problema que enfrenta la humanidad con el monopolio de los medios de comunicación”, aseguró Luis Zamora (Autodeterminación y libertad), quien votó en contra.
Por su parte, el Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) y la asociación Cooperar acercaron a algunos diputados un documento que, entre otras cosas, decía que las aspiraciones del sector se veían satisfechas en el dictamen de mayoría.
Al finalizar el tratamiento, los dirigentes del movimiento cooperativo se paseaban por los pasillos reconfortados y abrazándose con algunos políticos.
“Escuchar a los legisladores reivindicar está corrección de la ley de radiodifusión que fue tan nefasta para el movimiento cooperativo argentino, realmente es una enorme satisfacción. Si bien hay otros sectores marginados, el que enfrentó la defensa de los legítimos derechos es el sector cooperativo, más precisamente COOPERAR y la Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales y Prestadores Comunitarios de Radiodifusión (CARCO), que siempre dispusieron de sus estructuras y de sus dirigentes para llevar está causa adelante”, expresó el presidente de COOPERAR y FECOTEL, Juan Carlos Fissore.
Ahora, la posta quedó para los senadores, quienes deberán reunir también los dos tercios de los presentes para imponer el texto que rechazaron los diputados o aceptar la modificación.

Cambios en el COMFER

Asimismo se sancionó el proyecto de ley que propone modificar el artículo 96, derogar el 7 y el inciso a) del 72 de la 22.285, todos ellos marcados por la política de seguridad interior del Gobierno militar.
El 20 de octubre se dio el visto bueno al dictamen que contenía los cambios, que ahora también espera la definitiva sanción en la Cámara Alta.
En lo que concierne al 96, la controversia está en relación a la disposición que indica que el COMFER debe estar conformado por representantes de las Fuerzas Armadas.
Con la modificación aprobada por los legisladores, el ente de control será un organismo autárquico, con dependencia del Poder Ejecutivo Nacional. Su conducción será ejercida por un Directorio formado por un presidente y seis vocales, designados por el Ejecutivo Nacional, que deberá explicitar públicamente los criterios de su elección; durarán dos años en sus funciones y podrán ser nombrados nuevamente por otros períodos iguales.
En los casos del artículo 7 y 72, referidos a la difusión de noticias conectadas con la seguridad interior, se logró su definitiva derogación. El primero, establecía que “los servicios de radiodifusión deberían difundir la información y prestar la colaboración que les sea requerida, para satisfacer las necesidades de la seguridad nacional. A esos efectos el Poder Ejecutivo Nacional podrá establecer restricciones temporales al uso y a la prestación de todos los servicios previstos por esta Ley”.
Por su parte, la segunda norma, en su primer inciso, fija que los titulares de los servicios de radiodifusión deben realizar transmisiones sin cargo en los casos de seguridad nacional.

Sin novedades para el SNMP

En cambio fue suspendido el plenario de las Comisiones destinado a dar el visto bueno al proyecto de ley de formación del Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP), denominado Radio y Televisión Argentina (RTA) y cuyo puntapié inicial fue dado por la ex diputada Irma Parentella.
La reunión estaba prevista para el 21 de octubre y se iba a realizar en forma conjunta con las Comisiones de Comunicaciones e Informática, de Libertad de Expresión y de Presupuesto y Hacienda, pero por razones de agenda de ésta última no se realizó.
Ante la nueva situación, parece poco probable que se avance en una reforma integral de la 22.285 para este año. Osvaldo Nemirovsci afirmó en el recinto que esperaba concretarlo en el 2005.

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