PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución 0850/00

BUENOS AIRES, 14 SEPTIEMBRE 2000

VISTO el Expediente Nº 2533.00.0-COMFER/99, y

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

ARTICULO 1º. - Recházase en todos sus términos la denuncia interpuesta por el señor Julio Enrique GROSSMANN y la Doctora ADRIANA MARCELA LAUDONIO, en representación del señor CARLOS DANIEL JAPAZE, respecto de la propuesta efectuada por el señor ARNALDO ANTONIO DIAZ y de la Resolución Nº 861-COMFER/99 por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º.- Levántase la suspensión dispuesta por la Resolución Nº 9/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN respecto de la Resolución Nº 861-COMFER/99, y en consecuencia confírmase en sus términos en virtud de los cuales se procedió a adjudicar al señor ARNOLDO ANTONIO DIAZ (D.N.I. Nº 7.187.555) una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 289, Frecuencia 105.7 MHz., Categoría F, identificada con la señal distintiva "LRK361", de la localidad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. a) del Decreto Nº 310/98, conforme lo expuesto en los considerandos.

ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE).