Advierten posibles daños a menores con el género “cumbia villera”

Volvieron a denunciar a Gustavo López por el fútbol en TV

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Volvieron a denunciar a Gustavo López por el fútbol en TV

El diputado por el PJ Mario Das Neves amplió el 9 de octubre ante la Justicia una denuncia contra el titular del Comfer, Gustavo López, al que responsabilizó por la no televisación en vivo por un canal de aire el partido que el seleccionado argentino de fútbol disputó el domingo 7 ante Paraguay. El legislador denunció al funcionario por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público” ante el juez federal Rodolfo Canicoba Corral. Y si bien al principio también incluyó a Darío Lopérfido en la ampliación, luego lo desestimó ya que el ex vocero no tiene relación con el Comfer. En declaraciones a este medio, López se mostró molesto por la acusación y dijo que “no es válida” porque el organismo ya intimó a las empresas a trasmitirlo tal cual le pidió la Justicia, sólo que no puede hacerlo por cuestiones de jurisdicción cuando se trate de firmas extranjeras. “El juez fue claro: la obligación rige en tanto la selección nacional juegue como local. Por lo que la denuncia de Das Neves no es más que una irresponsabilidad”, esgrimió el funcionario. Pero luego, en declaraciones radiales, el diputado aseguró que “el juez y el fiscal van a actuar pronto y tendrán que llamar a los funcionarios que han incumplido con el artículo 248 del Código Penal”, un delito que tiene una pena máxima de 4 años de prisión. En tanto, Das Neves desestimó el pensamiento de aquellos que sostienen que sólo deben ser televisados los encuentros que el equipo nacional juega como local. “La ley tiene 6 artículos y es muy clarita, por eso no puede interpretarse que los partidos de local sí deben televisarse (en directo) y los de visitantes no. Esto de ninguna manera puede ser así”, dijo. El encuentro que jugó el domingo el seleccionado argentino como visitante de Paraguay fue emitido en directo por el sistema de cable, pero en diferido, media hora más tarde, por Canal 9. El 4 de septiembre, el Gobierno y las empresas dueñas de los derechos de televisación de los partidos de las eliminatorias sudamericanas acordaron emitir, en directo y en forma gratuita, el encuentro que jugaron los seleccionados de Argentina y Brasil. La ley 25.342, promulgada hace un año por el presidente Fernando de la Rúa, garantiza la transmisión en directo y gratuita de los partidos que dispute el seleccionado argentino que dirige Marcelo Bielsa. A fines de 1999, la AFA vendió en 14 millones de dólares los derechos de televisación de los partidos del seleccionado a Torneos y Competencias, que a su vez los negoció en 54 millones a las operadoras de cable Multicanal y Cablevisión. Este contrato esta siendo investigado por el juez Juan José Mahdjoubian, a cargo de la causa contra el presidente de la AFA, Julio Grondona, por el presunto delito de administración fraudulenta al frente de la entidad. “Avila es un patorero, un extorsionador y un censor en cuanto es dueño de un canal de televisión donde no dejan que me exprese. El Comfer no tendría que permitir que estos sinverguenzas manejen los medios de comunicación”, dijo el legislador respecto del dueño de TyC.

 


El Comfer llamó a la “reflexión”

Advierten posibles daños a menores con el género “cumbia villera”

El organismo alertó por los contenidos asociados al consumo de drogas y la violencia en el horario de protección al menor, pero aclaró que no opina en cuestiones de estilo musical. En agosto hubo 15 observaciones a los programas y la tendencia va en aumento

El Comité Federal de Radiodifusión instó a los licenciatarios de medios de comunicación a “reflexionar” sobre el perjuicio que causaría el mensaje del género musical “cumbia villera” difundido en el horario de protección al menor, ya que el contenido de algunas letras hablan del consumo de alcohol y drogas. En un comunicado firmado por el propio interventor, Gustavo López, el organismo reveló que su intención es la de “establecer mecanismos tendientes a la prevención del consumo de drogas, y como organismo de control de la programación audiovisual buscará proteger la salud y la formación de la audiencia en general y de los menores en particular”. Al respecto, se informó que en agosto se realizaron “15 observaciones” en diferentes medios sobre los contenidos de las letras, y añadió que “sólo en las primeras dos semanas de setiembre se registró el mismo número de sumarios, lo que indica un fuerte aumento de las infracciones”. La “cumbia villera” se impuso en el segmento de la música tropical como una reinvindicación del estilo de vida que llevan los habitantes de la villas de emergencia y en sus canciones se hace alusión al consumo de drogas, a la relación de los delincuentes con la policía y demás situaciones violentas, por lo que el Comfer salió ahora a advertir por posibles daños. En este sentido, y ante el avance del estilo en los medios, el área de Fiscalización y Evaluación del ente reiteró algunos criterios sobre la aplicación de la ley de radiodifusion y guía de contenidos. Advierte que el Comfer está obligado a actuar cuando en el mensaje se promuevan situaciones en materia de sexualidad, violencia, consumo de alochol y drogas dentro de un segmento horario apto para todo público. Sin embargo, López aseguró que no cuestiona la “naturaleza artística de las obras” porque “no es función del organismo opinar al respecto”. Pero, de acuerdo con la información provista por el grupo de Investigación en Sustancias Tóxicas del Comfer “en muchos de los temas analizados se incluyen contenidos asociados al consumo y o tráfico de sustancias psicoactivas”. “Como organismo de control de la programación audiovisual, el Comfer buscará proteger la salud y la formación de la audiencia en general y de los menores en particular”, ya que se advierte un gran número de preadolescentes y adolescentes (considerados los de mayor riesgo y vulnerabilidad) en las transmisiones en vivo de los programas bailanteros. “La Guía es muy clara –dice el informe del ente- respecto de que, en el HPM, la programación “excluye los mensajes y contenidos que asocian el consumo de alcohol con una mejora en el rendimiento físico y psicológico, así como el éxito social o sexual. Asimismo excluye el relato de “los distintos momentos de la conducta adictiva, de las modalidades de consumo y de la adquisición de sustancias tóxicas” y “la presentación de personas reales o personajes de ficción en clara situación de consumo” de drogas. Cualquier mención sobre sustancias tóxicas debe realizarse en un contexto que incluye la advertencia sobre los efectos nocivos de esta para la población”.